DESCRIPCIÓN
DEPARTAMENTO AMOBLADO TOTALMENTE EQUIPADO EN BARRIO GRAL. PAZ/GRAL.PUEYRREDON <br><br>EDIFICIO DE DOS TORRES - DOBLE INGRESO CON TARJETA MAGNÉTICA - UBICADO SOBRE LA ÚNICA CALLE DOBLE MANO DE LA ZONA - EXCELENTE ENTORNO - MUY TRANQUILO - ZONA DE COLEGIOS - CLÍNICAS – HOSPITALES. <br> <br> <div><br></div><div><br><br>LA UNIDAD SE POSICIONA EN LA TORRE "II" - 2º PISO POR ESCALERAS Y SE DISTRIBUYE EN AMPLIO ESTAR COMEDOR CON PISOS DE CERÁMICO CON PUERTAVENTANA CON SALIDA A BALCÓN.<br>COCINA AMERICANA EQUIPADA CON BARRA DESAYUNADORA, BAJO MESADA, DISPOSICIÓN PARA LAVARROPAS.<br>BAÑO COMPLETO CON DUCHA Y BOTIQUÍN.<br>DORMITORIO (3,5X2,80 MTS) CON RESPECTIVO PLACARD E INTERIORES.<br></div><div><br><br>EL PRECIO DEL ALQUILER MENSUAL ES DE $300.000, CONTRATO POR UN AÑO CON AJUSTES CUATRIMESTRALES EN BASE A INDICE (IPC).<br></div><div><br>GASTOS MENSUALES APROXIMADOS AL DÍA DE LA FECHA:</div><div>EXPENSAS + <span style="font-size: 14px;">IMPUESTOS + SERVICIOS (AGUA CORRIENTE - ENERGÍA ELÉCTRICA - GAS NATURAL - INTERNET - ETC.) A CONSUMO PARTICULAR.</span></div><div>PARA MAYOR INFORMACIÓN Y VER OTRAS ALTERNATIVAS, TE INVITAMOS A QUE VISITES NUESTRA<br></div><div>PAGINA WEB.<br></div><div><br>Ledesma Servicios Inmobiliarios (CPI 4395) - Comercializa las Propiedades en Alquiler con la correspondiente autorización del/los propietario/s: El propietario se reserva el Derecho de Contratación. Gastos de Contratación: Comisión Inmobiliaria Según Art: 1.351 del C.Cy C.N En las locaciones de Inmuebles Urbanas la Intermediación solo podrá estar a cargo de un Profesional Matriculado para ejercer el corretaje Inmobiliario conforme la Legislación local Según Ley Provincial 9.445 - Art 25 Inciso "C" En Locaciones Urbanas el 5% Del Total Del Contrato (12 Meses) a Cargo del Locatario - Timbrado Bancario (según Ley Impositiva vigente) - Condiciones: Como Requerimiento al momento de la Celebración del Contrato Las partes involucradas (Locatario/os y Garante/es Fiador/es) deberán certificar las firmas ante escribano publico, y en el caso que sea otra provincia deberán realizar la respectiva legalización en el colegio de escribano de la provincia que corresponda.</div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div>